Boletín Interno
de Coordinación Informativa
SECCIÓN I. ÓRGANOS INSTITUCIONALES
claustro
1.- Convocatoria Pleno del Claustro
Secretaría General
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 y 37 del Reglamento de Régimen Interno del Claustro, se convoca a todos los miembros claustrales a la reunión del Pleno del Claustro que se celebrará el próximo día 29 de junio de 2026, a las 9:00 horas en primera convocatoria y a las 9:30 horas en segunda convocatoria, en el salón de actos “Lorenzo García Aretio” de la Facultad de Educación de la UNED, situado en la calle Juan del Rosal, 14, Ciudad Universitaria, Madrid, y mediante el uso de medios técnicos de comunicación a distancia (Zoom), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los representantes claustrales, de acuerdo con el artículo 40.4 del Reglamento de Régimen Interno del Claustro de la UNED, disponen de plazo hasta el 17 de junio, como máximo, para incluir puntos en el Orden del Día, debiendo enviar la correspondiente documentación a la dirección de correo electrónico: claustro@adm.uned.es
Madrid, 8 de junio de 2026. EL PRESIDENTE DEL CLAUSTRO, Ricardo Mairal Usón
CONSEJO DE GOBIERNO
2.- Convocatoria Consejo de Gobierno
Secretaría General
Siguiendo instrucciones del rector de esta Universidad, D. Ricardo Mairal Usón, se convoca Consejo de Gobierno para el próximo día 10 de julio, viernes, a las 9:30 horas, que se celebrará en la Sala Andrés Bello (edificio de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática – Ciudad Universitaria), Madrid, y mediante el uso de medios técnicos de comunicación a distancia (Microsoft Teams), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Consejo disponen de plazo hasta el 25 de junio para incluir puntos en el Orden del Día, debiendo enviar la correspondiente documentación a la dirección de correo electrónico: secgral@adm.uned.es.
Madrid, 8 de junio de 2026. LA SECRETARIA GENERAL, Elena Maculan.
rectorado
3.- Nombramiento
En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 119.I) y 153.1 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por el Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, vengo en nombrar a D. JOSÉ DELGADO ÁLVAREZ director del Centro Asociado a la UNED en Zamora, con efectos de 5 de junio de 2026.
Madrid, 3 de junio de 2026. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
vicerrectorado de investigación, transferencia y divulgación científica
4.- Convocatoria de un contrato laboral para el proyecto de investigación “Cribado coste-efectivo de cáncer de mama y enfermedad cardíaca reumática con inteligencia artificial (CES-BC-RHD)”, con referencia PID2023-150515OB-I00
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
Dentro del Proyecto “Cribado coste-efectivo de cáncer de mama y enfermedad cardíaca reumática con inteligencia artificial (CES-BC-RHD)”, con referencia PID2023-150515OB-I00, cuyos investigadores principales los profesores D. Francisco Javier Díez Vegas y D. Jorge Pérez Martín, del Departamento de Inteligencia Artificial de la ETSI Informática, se convocan dos contratos laborales para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la convocatoria bajo las siguientes cláusulas:
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por objeto la contratación de un investigador/a a tiempo completo, para realizar las siguientes tareas asociadas al proyecto CES-BC-RHD:
• Desarrollo de modelos de inteligencia artificial para análisis de coste-efectividad.
• Análisis de imágenes médicas.
2.- DESTINATARIOS
Licenciados, graduados, arquitectos o ingenieros superiores en informática, ingeniería biomédica o estudios afines. Se valorará disponer de una titulación oficial superior y estudios de Máster relacionados con la aplicación de la inteligencia artificial a la medicina.
3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Poseer la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.
• Estar en posesión de la titulación de licenciado, graduado, arquitecto o ingeniero superior.
3.2. En el caso de titulaciones obtenidas en universidades extranjeras deberá acompañarse la credencial de declaración de equivalencia correspondiente, conforme a lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO
4.1. La incorporación de la persona seleccionada al grupo de investigación del proyecto se realizará por medio de un contrato laboral entre dicha persona seleccionada y la UNED, al amparo de lo que establece el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por Ley 17/2022, de 5 de septiembre y demás disposiciones legales que resulten de aplicación.
4.2. El contrato tendrá carácter indefinido y se desarrollará a tiempo completo, si bien su vigencia estará condicionada por la propia vigencia del proyecto de investigación que lo sustenta, y a la existencia de crédito suficiente.
En todo caso, las causas de la extinción del contrato de trabajo son las previstas en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y normas de desarrollo y concordantes. Serán causas objetivas de extinción del contrato las previstas en el artículo 52 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con especial mención a su letra e), que especifica como causa objetiva la insuficiencia de la dotación económica de la correspondiente consignación para el mantenimiento del presente contrato de trabajo.
4.3. El lugar de trabajo será el Departamento de Inteligencia Artificial de la UNED, sito en Madrid, calle Juan del Rosal, 16.
4.4. La incorporación de la persona seleccionada deberá producirse dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.
4.5. El contrato tendrá una dotación económica íntegra mensual de 1.750 € para toda la vigencia del contrato, en 12 pagas anuales.
4.6. En ningún caso la prestación de servicios que se lleve a cabo como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los interesados a la plantilla de la UNED.
5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
5.1. Los impresos de solicitud se publican como Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los siguientes documentos:
• Copia electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.
• Copia electrónica de la certificación académica oficial en la que conste la obtención con fecha del título que dé acceso a esta convocatoria o, en su caso, expediente académico del candidato.
• Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia formativa y laboral.
5.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BICI de la presente convocatoria.
5.3. Las solicitudes serán dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica. Deberán presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro electrónico de la AGE, código del registro U02800193 (Registro del Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica):
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES
6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión que estará formada por el vicerrector de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que este delegue; el investigador principal (IP1) del proyecto al que se adscribirá el candidato contratado/a o la persona en la que este delegue; y la jefa del Departamento de Investigación y Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.
6.2. La Comisión seleccionará al candidato/a de conformidad con los siguientes criterios:
6.2.1. Curriculum vitae del candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100 repartida como sigue:
• Título superior oficial y estudios de Máster en áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito del proyecto: ingeniería informática, ingeniería biomédica, etc. (hasta 30 %, en función del expediente académico).
• Formación y experiencia demostrable en investigación sobre inteligencia artificial, especialmente sobre modelos gráficos probabilistas, visión artificial, OpenMarkov, Python, etc., y su aplicación a la medicina (hasta 20 %).
• Conocimientos demostrables de inglés (mínimo B2 o similar) (hasta 10 %).
• Otros méritos: premios, publicaciones, etc. (hasta 10 %).
6.2.2. Beneficios científicos y técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar entrevistas individuales con los candidatos, si fuese necesario.
7.- RECURSOS
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
Madrid, 3 de junio de 2026. EL RECTOR, PD Resolución de 20 de junio de 2025 (BOE 159, de 3 de julio de 2025), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.
ANEXO: Impreso de solicitud.
5.- Convocatoria de un contrato laboral para el proyecto de investigación “Lenguaje claro y procesamiento del lenguaje natural en textos jurídico-administrativos en inglés: la Comisión Europea como caso de estudio (EUPlainTech)”
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
Dentro del Proyecto “Lenguaje claro y procesamiento del lenguaje natural en textos jurídico-administrativos en inglés: la Comisión Europea como caso de estudio (EUPlainTech)”, con referencia PID2022-143092NB-I00, del que es investigadora principal (IP) la profesora D.ª Iria da Cunha Fanego, del Departamento de Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas de la Facultad de Filología, se convoca un contrato laboral temporal por circunstancias de la producción para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la convocatoria, bajo las siguientes cláusulas:
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por objeto la contratación de una persona con titulación superior a tiempo completo para realizar las siguientes tareas asociadas al proyecto “Lenguaje claro y procesamiento del lenguaje natural en textos jurídico-administrativos en inglés: la Comisión Europea como caso de estudio (EUPlainTech)”:
• Conceptualización, diseño e implementación de nuevas funcionalidades técnicas en el marco del proyecto del sistema arText.
• Diseño y creación de una API para funcionalidades del sistema arText.
2.- DESTINATARIOS/AS
Doctores en Informática con tesis doctoral realizada en el ámbito del Procesamiento del Lenguaje Natural.
3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS/AS
3.1. En el momento de presentar la solicitud, los/las candidatos/as deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Poseer la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.
• No haber suscrito con la UNED en el último año un contrato laboral temporal por circunstancias de la producción, independientemente del proyecto de investigación de adscripción del contrato.
• Estar en posesión de la titulación de licenciado/a, graduado/a, arquitecto/a o ingeniero/a superior.
3.2. En el caso de titulaciones obtenidas en universidades extranjeras deberá acompañarse de la credencial de homologación o el certificado de declaración de equivalencia correspondiente, conforme a lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO
4.1. La contratación del candidato/a seleccionado/a se formalizará por medio de un contrato temporal por circunstancias de la producción entre el candidato/a seleccionado/a y la UNED, al amparo de lo que establece el artículo 15.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales que resulten de aplicación.
4.2. El contrato tendrá una duración de 1 mes y se desarrollará a tiempo completo, si bien su vigencia estará condicionada por la propia vigencia del proyecto de investigación que lo sustenta, cuya finalización está prevista el 31/08/2027 y a la existencia de crédito suficiente.
En todo caso, la extinción del contrato de trabajo se producirá en los términos previstos en el artículo 49.1.c) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y normas de desarrollo y concordantes.
4.3. El lugar de trabajo será la Facultad de Filología de la UNED, sita en Paseo Senda del Rey, n.º 7, Madrid.
4.4. La incorporación del candidato/a seleccionado/a deberá producirse dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.
4.5. El contrato que se firme al amparo de esta convocatoria tendrá una dotación económica íntegra mensual de 3.333 € para toda la vigencia del contrato, en doce pagas (pagas extraordinarias prorrateadas).
4.6. En ningún caso la prestación de servicios que se lleve a cabo como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los interesados a la plantilla de la UNED.
5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
5.1. Los impresos de solicitud se publican como Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los siguientes documentos:
• Copia electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.
• Copia electrónica de la certificación académica oficial en la que conste la obtención con fecha del título que dé acceso a esta convocatoria o, en su caso, expediente académico del candidato.
• Curriculum vitae del/de la solicitante, con especial referencia a la experiencia formativa y laboral.
5.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BICI de la presente convocatoria.
5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro electrónico de la AGE, código del registro U02800193 (Registro del Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica):
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES
6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una comisión que estará formada por el vicerrector de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que este delegue; el investigador/a principal del proyecto al que se adscribirá el contratado/a o la persona en la que este/a delegue; y la jefa del Departamento de Investigación y Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.
6.2. La Comisión seleccionará a los/las candidatos/as de conformidad con los siguientes criterios:
6.2.1. Curriculum vitae del candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 puntos sobre 100 repartida como sigue:
• Título superior oficial en áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito del proyecto: Procesamiento del Lenguaje Natural (hasta 30 puntos).
• Formación y experiencia demostrable en Procesamiento del Lenguaje Natural, evaluación de modelos de lenguaje y creación de API (hasta 20 puntos).
• Conocimientos demostrables de inglés (hasta 5 puntos).
• Otros méritos relacionados con el proyecto (hasta 15 puntos).
6.2.2. Beneficios científicos y técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.
7.- RECURSOS
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
Madrid, 3 de 2026. EL RECTOR, PD Resolución de 20 de junio de 2025 (BOE 159, de 3 de julio de 2025), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.
ANEXO: Impreso de solicitud.
6.- Convocatoria de un contrato laboral para el contrato de investigación “Clasificación de partículas plásticas procedentes del canal de Ibiza y Mallorca. Caracterización según propiedades físicas y químicas”
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
Dentro del Contrato Artículo 60 LOSU “Clasificación de partículas plásticas procedentes del Canal de Ibiza y Mallorca. Caracterización según propiedades físicas y químicas”, del que es investigadora principal (IP) la profesora D.ª Rosa M.ª Garcinuño Martínez, del Departamento de Ciencias Analíticas de la Facultad de Ciencias, se convoca un contrato laboral para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la convocatoria, bajo las siguientes cláusulas:
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por objeto la contratación de un/una investigador/a a tiempo completo, para realizar las siguientes tareas asociadas al Contrato Artículo 60 LOSU “Clasificación de partículas plásticas procedentes del Canal de Ibiza y Mallorca. Caracterización según propiedades físicas y químicas”:
• Preparación y tratamiento de las muestras.
• Identificación y clasificación de las partículas plásticas mediante el estudio de sus propiedades físicas y químicas, incluyendo tamaño, forma, color, transparencia y composición del material.
2.- DESTINATARIOS
Licenciado/a, graduado/a, arquitecto/a o ingeniero/a superior en Química. Se valorará disponer de la titulación de Ingeniería Técnica Informática o similar, tener un Máster en Ciencia y Tecnología Química o una titulación oficial superior relacionada con el área de conocimiento del proyecto y tener conocimientos de Ciencia y Tecnología Química, Informática, Bioinformática y Bioestadística.
3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
3.1. En el momento de presentar la solicitud, los/las candidatos/as deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Poseer la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.
• Estar en posesión de la titulación de licenciado/a, graduado/a, arquitecto/a o ingeniero/a superior.
3.2. En el caso de titulaciones obtenidas en universidades extranjeras deberá acompañarse la credencial de homologación o el certificado de declaración de equivalencia correspondiente, conforme a lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO
4.1. La incorporación del candidato/a al grupo de investigación del contrato se realizará por medio de un contrato laboral entre el candidato/a seleccionado/a y la UNED, al amparo de lo que establece el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por Ley 17/2022, de 5 de septiembre y demás disposiciones legales que resulten de aplicación.
4.2. El contrato tendrá carácter indefinido y se desarrollará a tiempo completo, si bien su vigencia estará condicionada por la propia vigencia del Contrato de investigación que lo sustenta, cuya finalización está prevista el 31 de diciembre de 2026, y a la existencia de crédito suficiente.
En todo caso, las causas de la extinción del contrato de trabajo son las previstas en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y normas de desarrollo y concordantes. Serán causas objetivas de extinción del contrato las previstas en el artículo 52 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con especial mención a su letra e), que especifica como causa objetiva la insuficiencia de la dotación económica de la correspondiente consignación para el mantenimiento del presente contrato de trabajo.
4.3. El lugar de trabajo será el laboratorio del Departamento de Ciencias Analíticas de la Facultad de Ciencias de la UNED, sita en la Avenida de Esparta s/n, Carretera de Las Rozas al Escorial km 5 (28232 Las Rozas-Madrid).
4.4. La incorporación del candidato/a seleccionado/a deberá producirse dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.
4.5. El contrato que se firme al amparo de esta convocatoria tendrá una dotación económica íntegra mensual de 1.515,03 € para toda la vigencia del contrato, en doce pagas (pagas extraordinarias prorrateadas).
4.6. En ningún caso la prestación de servicios que se lleve a cabo como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los interesados a la plantilla de la UNED.
5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
5.1. Los impresos de solicitud se publican como Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los siguientes documentos:
• Copia electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.
• Copia electrónica de la certificación académica oficial en la que conste la obtención con fecha del título que de acceso a esta convocatoria o, en su caso, expediente académico del candidato.
• Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia formativa y laboral.
5.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BICI de la presente convocatoria.
5.3. Las solicitudes serán dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica. Deberán presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro electrónico de la AGE, código del registro U02800193 (Registro del Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica):
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES
6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una comisión que estará formada por el vicerrector de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que este delegue; el investigador/a principal del proyecto al que se adscribirá el contratado/a o la persona en la que este delegue; y la jefa del Departamento de Investigación y Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.
6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos de conformidad con los siguientes criterios:
6.2.1. Curriculum vitae del candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100 repartida como sigue:
• Título superior oficial en áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito del proyecto: Ciencia y Tecnología Química e Informática (hasta 20 %).
• Formación y experiencia demostrable en manejo de instrumentación científica relacionado con la espectrometría de infrarrojo con transformada de Fourier (FTIR), concretamente micro-FTIR, y el análisis de partículas plásticas (hasta 40 %).
• Conocimientos demostrables de inglés (mínimo B1 o similar) (hasta 5 %).
• Otros méritos, tales como experiencia discente en la UNED (hasta 5 %).
6.2.2. Beneficios científicos y técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.
7.- RECURSOS
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
Madrid, 31 de mayo de 2026. EL RECTOR, P.D. Resolución de 20 de junio de 2025 (BOE 159, de 3 de julio de 2025), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo
AEXO: Impreso de solicitud.
vicerrectorado de innovación educativa
7.- Novedades editoriales
Sección de Difusión y Distribución
Les informamos de las últimas novedades que ha publicado la Editorial.
COLECCIÓN TEMÁTICA:
CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS
•0102117CT11A01 DISEÑO Y METODOLOGÍAS / CLASES EFICACES Y ACTIVAS
HOSSEIN MOHAND, Hassan.
HOSSEIN MOHAND, Hossein.
P.V.P.: 17,00 €.
•0102117CT21A01 CLIMA Y CONVIVENCIA / ENTORNOS SEGUROS Y COOPERATIVOS
HOSSEIN MOHAND, Hassan.
HOSSEIN MOHAND, Hossein.
P.V.P.: 17,00 €.
•0102117CT31A01 INCLUSIÓN Y MOTIVACIÓN / PERTENENCIA Y COMPROMISO SOSTENIDO HOSSEIN MOHAND, Hassan.
HOSSEIN MOHAND, Hossein.
P.V.P.: 17,00 €.
•0102117CT41A01 BIENESTAR Y DESARROLLO DOCENTE / AUTOCUIDADO Y MEJORA CONTINUA
HOSSEIN MOHAND, Hassan.
HOSSEIN MOHAND, Hossein.
P.V.P.: 17,00 €.
•0102117CT51A01 COLABORACIÓN EDUCATIVA / FAMILIAS, CENTRO Y TERRITORIO
HOSSEIN MOHAND, Hassan.
HOSSEIN MOHAND, Hossein.
P.V.P.: 17,00 €.
VARIA:
•0137478PB01A01 AL LADO DE LA INTIMIDAD UN CANTO. VII PREMIO DE POESÍA DE LA FACULTAD DE FILOLOGÍA DE LA UNED 2025
ROJAS CASTRO, Adriano.
P.V.P.: 9,00 €.
Formato PDF : 4,50 €.
•0137479PB01A01 XXXVI PREMIO DE NARRACIÓN BREVE DE LA UNED 2025. LAS ZAPATILLAS BLANCAS. ME LLAMO MARÍA….Y OTROS RELATOS PREMIADOS
VARIOS AUTORES.
P.V.P.: 15,00 €.
Formato ePub: 8,00 €.
•0137480PB01A01 SINTÉTICOS Y OTROS RELATOS. IV PREMIO DE RELATO CORTO PARA JÓVENES ESCRITORES DE LA UNED – 2025
VARIOS AUTORES.
P.V.P.: 10,00 €.
MÁSTER:
•2414008MR01A01 LITERATURA DE VIAJES. DE LA EDAD MEDIA A LA ÉPOCA CONTEMPORÁNEA FREIRE LÓPEZ, Ana María.
PÉREZ PRIEGO, Miguel Ángel.
ALBURQUERQUE GARCÍA, Luis.
P.V.P.: 40,00 €.
gerencia
8.- Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral, Grupo I nivel B, en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales
Sección PTGAS Laboral
Por Resolución rectoral de 12 de diciembre de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 22 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 para el Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (en adelante, PTGAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2025, prevista en el artículo 20. Dos.3. I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para 2026.
Considerando lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el que se señala que entre los principios generales que deberán respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación, figuran los principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo previsto en el artículo 18.3 del III Convenio Colectivo del PTGAS Laboral de la Universidad, tras constatar la inexistencia de solicitudes de reingreso de excedentes y la improcedencia de la convocatoria de concurso de traslado, al no cumplir ningún empleado de esta Universidad los requisitos establecidos en el artículo 19.1 del del citado III Convenio Colectivo.
Este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo (BOE de 12 de marzo), y conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PTGAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de PTGAS Laboral, Grupo I, nivel B, en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, con sujeción a las siguientes bases.
Bases de la convocatoria
Primera. Requisitos
1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el PTGAS Laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de, al menos, un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.
1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, de conformidad con lo previsto en el III Convenio Colectivo de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED, publicado por Resolución de 5 de mayo de 2009, de la Dirección General de Trabajo (BOCM 20 de junio), y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre.
Poseer la formación para el desempeño de las funciones preventivas de nivel superior correspondiente a las tres especialidades y disciplinas preventivas de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
1.3. Capacidad: Los solicitantes deberán poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
1.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y manteniéndose durante todo el proceso selectivo.
Segunda. Solicitudes
2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), por vía electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).
Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:
Primer paso: obtención de Identificador como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es/universidad/inicio.html, clicar “Regístrate” (esquina superior derecha) y registrarse siguiendo los pasos establecidos.
El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.
Segundo paso: una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.
La presentación por esta vía permite, lo siguiente:
– Inscripción online a las pruebas selectivas.
– Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.
– El pago online de tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– Finalizado el proceso, obtener justificante en formato PDF de la solicitud.
La presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “OEP2025. Grupo I. UPRL (LPRL0004)”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, esta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.
En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
2.2. Los derechos de examen serán de 17€ y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrán la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.
No será necesario presentar este justificante cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.
b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesario cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento del título se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.
c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los datos o, habiendo consentido la misma, esta no sea posible.
2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:
FASES:
1.ª- Datos personales. En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.
2.ª- Datos de contacto. En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico y teléfonos de contacto.
3.ª- Datos de la solicitud. En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si en el apartado 1. Datos personales ha indicado el grado de discapacidad igual o mayor al 33 %.
4.ª- Documentación. En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:
•Personas con discapacidad igual o superior al 33 %: justificante acreditativo de tal condición.
•Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: dictamen técnico facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.
El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales Médicas y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
•Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.
•Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.
•Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.
5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas. El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:
a- Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.
b- Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6.ª- Resumen. En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.
7.ª- Final. En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.
2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.
Tercera. Admisión de aspirantes
3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.
Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.
3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.
Cuarta. Tribunal Calificador
4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría primera.
4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de este y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.
4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.
Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al rector, dando traslado de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.
4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.
4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PTGAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es).
4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.
Quinta. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.
5.1. Fase de oposición. El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el Anexo I de la convocatoria.
Primer ejercicio. Consistirá en la contestación de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro alternativas de respuesta, siendo solo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá prever 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 100 anteriores.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de ciento diez minutos.
Se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.
Segundo ejercicio, de carácter teórico-práctico. Consistirá en la resolución de dos casos prácticos, planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:
– Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.
– Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
5.2. Fase de concurso. Esta fase, que solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, supondrá el 30 % de la puntuación que se determine para el conjunto de las pruebas selectivas y se obtendrá de la valoración de los siguientes elementos:
5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 15 puntos.
5.2.1.1. Hasta 5 puntos por desempeño provisional en movilidad funcional en la plaza convocada, a razón de 0,1 punto por cada mes en movilidad funcional.
5.2.1.2. Un máximo de 10 puntos se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado.
• 0,1 puntos por cada mes en la misma unidad.
• 0,04 por cada mes en otra unidad o en otras Administraciones Públicas.
Se entenderá como la misma unidad el mismo servicio o unidad equivalente.
Para acreditar el trabajo desarrollado es necesario presentar un certificado de funciones expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.
5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima total de la fase de concurso, por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:
• 0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
• 0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones Públicas.
Para acreditar la antigüedad será necesario presentar un certificado de servicios prestados expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
Serán valorables, como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad.
También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.
A efectos de los dispuesto en este punto, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 % de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones del puesto al que opta, impartidos por organismos e instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua.
Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 5 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
• De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
• De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
• De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.
• De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.
• De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.
• De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 5 puntos.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios.
Sexta. Desarrollo del proceso selectivo
6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la Universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.
6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación.
Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Los méritos se acreditarán con certificación expedida por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.
La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.
6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra la letra “U” resultado del sorteo celebrado el día 24 de julio de 2025 por la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto).
6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al rector de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya elevado propuesta de resolución al órgano convocante de igual número de aspirantes aprobados que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes selecionados antes de la formalización del contrato, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible incorporación.
6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.
Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación
7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.
Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
Conforme al artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de Administración y Servicios de la UNED, se establece un período de prueba de tres meses en el que no se computará el tiempo de incapacidad temporal.
Octava. Norma final
8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
8.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer demanda ante la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 28 de mayo de 2026. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
ANEXO I
Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios de la UNED.
Primera. Descripción de la plaza.
Código plaza: LPRL0004
Grupo profesional I, nivel B.
Adscripción: Unidad de Prevención de Riesgos Laborales.
Funciones principales del puesto:
• Promoción de la prevención en la UNED y su integración en la misma, colaborando en el desarrollo, implantación y aplicación del plan de prevención y el sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales de la Universidad.
• Asesoramiento especializado en materia de prevención de riesgos laborales.
• Elaboración de evaluaciones de los riesgos que puedan afectar a la seguridad y la salud de las personas trabajadoras. Analizar los posibles peligros en el entorno de trabajo. Realizar evaluaciones de riesgos laborales iniciales, revisiones periódicas y evaluaciones específicas relativas a la seguridad de en trabajo (equipos de trabajo, máquinas, instalaciones, etc), higiene industrial (condiciones termo-higrométricas, ruido, riesgo biológico, químico, radiaciones, psicosociales, etc), ergonomía y psicosociología. Desarrollo de estrategias de medición y propuesta de medidas preventivas y correctivas para la prevención y control de los riesgos detectados.
• Elaboración de la planificación de la actividad preventiva derivada de las evaluaciones de riesgos, proponer medidas para la prevención para la eliminación o reducción de riesgos. Determinación de prioridades y seguimiento de la implantación de las medidas preventivas y acciones correctoras propuestas.
• Elaboración de procedimientos del sistema de gestión y de procedimientos/instrucciones de trabajo seguros para tareas realizadas.
• Gestiones asociadas a la gestión de los equipos de protección colectiva e individual (EPIs).
• Realización de actividades de información y formación general de las personas trabajadoras en materia preventiva, a todos los niveles y en las materias propias de su área de especialización. Organización e impartición de cursos de formación y programas de asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales (higiene, seguridad, ergonomía y psicosociología).
• Planificación, organización y dirección de las actuaciones a desarrollar en casos de emergencia. Planes de autoprotección. Simulacros de evacuación. Pautas de actuación en caso de accidente/emergencia.
• Gestión de los accidentes de trabajo. Notificación de partes de accidentes a través del sistema Delta. Elaboración de informes de investigación de accidentes e incidentes.
• Gestiones asociadas al cumplimiento del artículo 24 de la LPRL, desarrollado por el RD 171/04, relativo a la coordinación de actividades empresariales con contratas externas concurrentes.
• Coordinación con el área encargada de la gestión de actividades de vigilancia y promoción de la salud de las personas trabajadoras en relación con los riesgos derivados del trabajo.
• Elaboración de informes de adaptación de puesto del trabajo para el personal considerado especialmente sensible.
Segunda. Programa.
1. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Normativa en que se inspira. Estructura general de la Ley y análisis de su contenido.
2. Derechos y obligaciones de las personas trabajadoras y empresarias en materia preventiva. La protección del personal especialmente sensible. La protección de la maternidad. Actuación en caso de riesgo grave e inminente.
3. Consulta y participación de las personas trabajadoras. Delegados de Prevención. Comité de Seguridad y Salud. El Reglamento del Comité de Seguridad y Salud de la UNED.
4. El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Estructura general y análisis de su contenido.
5. Integración de la actividad preventiva en la empresa. Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. Metodologías de realización.
6. Organización de recursos para las actividades preventivas. Modalidades. Requisitos, funciones, recursos materiales y humanos. Presencia de recursos preventivos. Funciones y niveles de cualificación en prevención de riesgos laborales.
7. Auditorías o evaluaciones externas del sistema de prevención. Concepto y ámbito de aplicación. Contenido, metodología y requisitos. El informe de auditoría. Las auditorías voluntarias.
8. Disposiciones normativas complementarias en materia de prevención. La Ley sobre infracciones y sanciones en el Orden Social. Actuaciones de las Administraciones Públicas competentes en materia sanitaria y de industria. La Ley General de Sanidad. La Ley de Industria.
9. Responsabilidades y sanciones en el orden penal, civil y administrativo. Análisis de compatibilidad. Las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.
10. Legislación sobre seguridad y salud laboral en el ámbito comunitario. Directivas sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo. Directiva marco. Directivas específicas y otras que amplían y completan lo establecido en la Directiva marco. Recomendaciones y otros actos.
11. La higiene industrial. Conceptos y objetivos. Estrategias de evaluación y planificación de la prevención en higiene industrial. Medidas de control de la exposición. Principios generales de toxicología laboral.
12. Ergonomía y psicosociología aplicada. Conceptos y objetivos. Diseño ergonómico de puestos de trabajo. Métodos generales de evaluación de las condiciones de trabajo.
13. Carga física de trabajo. Conceptos y métodos de análisis. Los trastornos musculoesqueléticos.
14. Carga mental de trabajo. Conceptos y métodos de análisis. Otras patologías psicosociales: El síndrome del «burn out» y el acoso moral en el trabajo. Efectos sobre la salud.
15. El proceso de evaluación de factores psicosociales. Conceptos y fases. Metodologías. Planes de intervención. El método FPSICO del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
16. La vigilancia de la salud. Conceptos, características y normas generales de aplicación. La actividad sanitaria de los servicios de prevención. Reconocimientos médicos específicos. Los protocolos de vigilancia sanitaria específica de las personas trabajadoras.
17. Los accidentes de trabajo. Conceptos y normas vigentes. Índices estadísticos de accidentes de trabajo. Sistemas de representación. Análisis estadístico de la siniestralidad laboral.
18. Investigación de accidentes de trabajo. Selección de accidentes para investigar, metodología general y utilidades. Notificación y registro. Parte oficial de accidente de trabajo. Parte interno de empresa. La inspección de seguridad. Los incidentes de trabajo.
19. Las enfermedades profesionales. Conceptos y normas vigentes. Cuadro general de enfermedades profesionales en España. Las denominadas enfermedades relacionadas con el trabajo. Notificación y registro. Técnicas de investigación.
20. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Metodología de evaluación.
21. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas. Concepto, normas vigentes y guías de aplicación. Metodología de evaluación.
22. Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Tipos, características y requisitos de las señales.
23. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Condiciones generales y ambientales. Orden, limpieza y mantenimiento. Iluminación.
24. Disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de las personas trabajadoras frente al riesgo eléctrico. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Trabajos sin tensión, en tensión, en proximidad y en emplazamientos con riesgo de incendio o explosión. Electricidad estática.
25. Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por las personas trabajadoras de los equipos de trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Trabajos temporales en altura.
26. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por las personas trabajadoras de equipos de protección individual. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
27. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a los riesgos relacionados con la exposición al ruido. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
28. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a los riesgos relacionados con la exposición a vibraciones mecánicas. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
29. La protección de la salud y seguridad de las personas trabajadoras contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
30. La protección de las personas trabajadoras contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
31. La protección de las personas trabajadoras contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
32. La protección de la salud y la seguridad de las personas trabajadoras expuestas a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
33. Normativa para la protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras en los supuestos de coordinación de actividades empresariales. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
34. Normativa básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que pueden dar origen a situaciones de emergencia. Conceptos básicos y estructura de los planes de autoprotección. Medidas de emergencia.
35. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Actuaciones durante las fases de proyecto y ejecución de las obras. Diferencia entre obras con proyecto y obras sin proyecto.
36. La protección de la salud y la seguridad de las personas trabajadoras contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
37. Normativa de equipos y sistemas de protección contra incendios. Diseño, características, instalación y mantenimiento. Nociones básicas para el manejo de extintores y bocas de incendio equipadas.
38. Química del fuego. Factores determinantes del riesgo de incendio y principales métodos de extinción. Clases de fuego. Transmisión y propagación del calor.
39. Prevención de riesgos en laboratorios. Control ambiental de riesgos. Instalación eléctrica. Instalación de gases a presión. Protección contra el fuego.
40. Clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y preparados peligrosos. Criterios de almacenamiento. Fichas de datos de seguridad.
ANEXO II
Tribunal Calificador
TITULARES
Presidente:
• D. Álvaro Martín Herrera, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
Vocales:
• D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª M.ª Carmen García Galindo, Escala Técnica Superior de Administración de la UAM.
Secretaria:
• D.ª Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
SUPLENTES
Presidente:
• D. Tomás Acero Sánchez, Escala Técnica Superior de Administración de la UAM.
Vocales:
• D.ª María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª Mariana de Blas Galbete, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
• D.ª Rebeca Perdones Moreno, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
Secretario:
• D. Carlos Rupérez Resa, Escala de Técnicos de Gestión de la UPM.
9.- Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral, Grupo I nivel B en CTU. Comunicación y Seguridad
Sección PTGAS Laboral
Por Resolución rectoral de 12 de diciembre de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 22 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 para de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (en adelante, PTGAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2025, prevista en el artículo 20. Dos.3. I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para 2026.
Considerando lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el que se señala que entre los principios generales que deberán respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación, figuran los principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo previsto en el artículo 18.3 del III Convenio Colectivo del PTGAS Laboral de la Universidad, tras constatar la inexistencia de solicitudes de reingreso de excedentes y la improcedencia de la convocatoria de concurso de traslado, al no cumplir ningún empleado de esta Universidad los requisitos establecidos en el artículo 19.1 del del citado III Convenio Colectivo.
Este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo (BOE de 12 de marzo), y conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PTGAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de PTGAS Laboral, Grupo I, nivel B, CTU. Comunicación y Seguridad, con sujeción a las siguientes bases.
Bases de la convocatoria
Primera. Requisitos
1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el PTGAS Laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de, al menos, un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.
1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, de conformidad con lo previsto en el III Convenio Colectivo de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED, publicado por Resolución de 5 de mayo de 2009, de la Dirección General de Trabajo (BOCM 20 de junio), y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre.
1.3. Capacidad. Los solicitantes deberán poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
1.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y manteniéndose durante todo el proceso selectivo.
Segunda. Solicitudes
2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), por vía electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).
Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:
Primer paso: obtención de Identificador como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es/universidad/inicio.html, clicar “Regístrate” (esquina superior derecha) y registrarse siguiendo los pasos establecidos.
El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.
Segundo paso: una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.
La presentación por esta vía permite lo siguiente:
– Inscripción online a las pruebas selectivas.
– Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.
– El pago online de tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– Finalizado el proceso, obtener justificante en formato PDF de la solicitud.
La presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “OEP2025. Grupo I. CTU. Comunicación y Seguridad (LCTU0015)”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, esta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.
En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
2.2. Los derechos de examen serán de 17 € y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrán la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.
No será necesario presentar este justificante cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.
b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesario cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento del título se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.
c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los datos o, habiendo consentido la misma, esta no sea posible.
2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:
FASES:
1.ª- Datos personales. En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.
2.ª- Datos de contacto. En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico y teléfonos de contacto.
3.ª- Datos de la solicitud. En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si en el apartado 1. Datos personales ha indicado el grado de discapacidad igual o mayor al 33 %.
4.ª- Documentación. En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:
•Personas con discapacidad igual o superior al 33 %: justificante acreditativo de tal condición.
•Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: dictamen técnico facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.
El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales Médicas y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
•Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.
•Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.
•Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.
5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas. El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:
a- Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.
b- Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6.ª- Resumen. En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.
7.ª- Final. En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.
2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.
Tercera. Admisión de aspirantes
3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.
Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.
3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.
Cuarta. Tribunal Calificador
4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría primera.
4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de este y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.
4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.
Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.
4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.
4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PTGAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es).
4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.
Quinta. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.
5.1. Fase de oposición. El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el Anexo I de la convocatoria.
Primer ejercicio. Consistirá en la contestación de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro alternativas de respuesta, siendo solo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá prever 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 100 anteriores.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de ciento diez minutos.
Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.
Segundo ejercicio, de carácter teórico-práctico. Consistirá en la resolución de dos casos prácticos, planteados por el Órgano de Selección relacionados con los temas del programa.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:
– Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.
– Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
5.2. Fase de concurso. Esta fase, que solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, supondrá el 30 % de la puntuación que se determine para el conjunto de las pruebas selectivas y se obtendrá de la valoración de los siguientes elementos:
5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 15 puntos.
5.2.1.1. Hasta 5 puntos por desempeño provisional en movilidad funcional en la plaza convocada, a razón de 0,1 punto por cada mes en movilidad funcional.
5.2.1.2. Un máximo de 10 puntos se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado.
• 0,1 puntos por cada mes en la misma unidad.
• 0,04 por cada mes en otra unidad o en otras Administraciones Públicas.
Se entenderá como la misma unidad el mismo servicio o unidad equivalente.
Para acreditar el trabajo desarrollado es necesario presentar un certificado de funciones expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.
5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima total de la fase de concurso, por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:
• 0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
• 0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones Públicas.
Para acreditar la antigüedad será necesario presentar un certificado de servicios prestados expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
Serán valorables, como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad.
También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.
A efectos de los dispuesto en este punto, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 % de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones del puesto al que opta, impartidos por organismos e instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua.
Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 5 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
• De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
• De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
• De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.
• De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.
• De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.
• De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 5 puntos.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios.
Sexta. Desarrollo del proceso selectivo
6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la Universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.
6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación.
Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Los méritos se acreditarán con certificación expedida por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.
La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.
6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra la letra “U” resultado del sorteo celebrado el día 24 de julio de 2025 por la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto).
6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al rector de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya elevado propuesta de resolución al órgano convocante de igual número de aspirantes aprobados que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes selecionados antes de la formalización del contrato, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible incorporación.
6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.
Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación
7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.
Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
Conforme al artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de Administración y Servicios de la UNED, se establece un período de prueba de tres meses en el que no se computará el tiempo de incapacidad temporal.
Octava. Norma final
8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
8.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer demanda ante la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 28 de mayo de 2026. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
ANEXO I
Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios de la UNED
Primera. Descripción de la plaza.
Código plaza: LCTU0015
Grupo profesional I, nivel B.
Adscripción: CTU. Comunicación y Seguridad.
Funciones principales del puesto:
• Diseño, implantación y gestión de infraestructuras de comunicaciones (redes LAN, WAN, WiFi y conectividad entre sedes).
• Definición e implementación de la seguridad en redes y sistemas, incluyendo políticas, herramientas y cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad (ENS).
• Administración y evolución de servicios de red e infraestructuras asociadas (DNS, DHCP, VPN, autenticación, integración con entornos cloud).
• Supervisión, monitorización y resolución de incidencias, garantizando la disponibilidad, rendimiento y continuidad de los servicios.
• Planificación, coordinación y dirección técnica de proyectos y equipos de trabajo, incluyendo la gestión de personal y proveedores.
Segunda. Programa.
1. Arquitectura de redes. Modelos OSI y TCP/IP.
2. Protocolos de red: IP, TCP, UDP, ICMP.
3. Direccionamiento IP: IPv4, IPv6, subnetting y CIDR.
4. Protocolos de aplicación: DNS, HTTP/HTTPS, SMTP, FTP.
5. Redes LAN: Ethernet, switching y VLANs.
6. Redes WAN: MPLS, VPNs y tecnologías de acceso.
7. Redes inalámbricas: estándares WiFi, despliegue y optimización.
8. Calidad de servicio (QoS) y gestión del tráfico.
9. Arquitecturas de red en campus universitarios.
10. Routing: protocolos dinámicos (OSPF, BGP).
11. Diseño de redes: segmentación, redundancia y alta disponibilidad.
12. Balanceo de carga en redes y servicios.
13. Monitorización de redes: SNMP, NetFlow, telemetría.
14. Comunicaciones unificadas: VoIP, SIP, WebRTC.
15. Redes definidas por software (SDN) y virtualización (NFV).
16. Redes en la nube: conectividad híbrida y multicloud.
17. Redes de centros de datos: arquitecturas modernas (spine-leaf).
18. Automatización de redes (Ansible, APIs, NetDevOps).
19. Seguridad en redes: amenazas, vulnerabilidades y riesgos.
20. Criptografía aplicada: cifrado simétrico, asimétrico y hash.
21. Infraestructura de clave pública (PKI) y certificados digitales.
22. Protocolos seguros: TLS, IPsec, SSH.
23. Firewalls, proxies y sistemas IDS/IPS.
24. Seguridad en redes inalámbricas.
25. Seguridad perimetral y segmentación de redes.
26. Gestión de identidades y accesos (IAM, AAA, Zero Trust).
27. Seguridad en aplicaciones y servicios web.
28. Gestión de incidentes de seguridad (SOC, SIEM).
29. Análisis y gestión de riesgos (MAGERIT).
30. Normativa de seguridad y cumplimiento (ENS aplicado).
31. Sistemas operativos en red: Linux y Windows Server.
32. Virtualización y contenedores (VMware, Docker, Kubernetes).
33. Servicios de red: DNS, DHCP, LDAP/Active Directory.
34. Almacenamiento, backup y recuperación ante desastres.
35. Gestión de servicios TI: ITIL y buenas prácticas.
36. Monitorización de infraestructuras y gestión de incidencias.
37. Continuidad de negocio y planes de contingencia.
38. Administración electrónica y servicios digitales en la universidad.
39. Protección de datos: RGPD y LOPDGDD aplicados a sistemas de información.
40. Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI).
ANEXO II
Tribunal Calificador
Titulares
Presidente:
• D. Álvaro Martín Herrera, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
Vocales:
• D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
Secretario:
•D.ª M.ª Carmen García Galindo, Escala Técnica Superior de Administración de la UAM.
Suplentes
Presidente:
• D. Tomás Acero Sánchez, Escala Técnica Superior de Administración de la UAM.
Vocales:
• D.ª María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª Mariana de Blas Galbete, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
• D.ª Rebeca Perdones Moreno, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
Secretario:
• D. Carlos Rupérez Resa, Escala de Técnicos de Gestión de la UPM.
10.- Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral, Grupo I nivel B, en UNED Media. Comunicación y Marketing
Sección PTGAS Laboral
Por Resolución rectoral de 12 de diciembre de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 22 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 para de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (en adelante, PTGAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2025, prevista en el artículo 20. Dos.3. I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2026.
Considerando lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el que se señala que entre los principios generales que deberán respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación, figuran los principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo previsto en el artículo 18.3 del III Convenio Colectivo del PTGAS Laboral de la Universidad, tras constatar la inexistencia de solicitudes de reingreso de excedentes y la improcedencia de la convocatoria de concurso de traslado, al no cumplir ningún empleado de esta Universidad los requisitos establecidos en el artículo 19.1 del del citado III Convenio Colectivo.
Este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo (BOE de 12 de marzo), y conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PTGAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de PTGAS Laboral, Grupo I, nivel B, en UNED Media. Comunicación y Marketing. Marketing, con sujeción a las siguientes bases.
Bases de la convocatoria
Primera. Requisitos
1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el PTGAS Laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de, al menos, un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.
1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, de conformidad con lo previsto en el III Convenio Colectivo de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED, publicado por Resolución de 5 de mayo de 2009, de la Dirección General de Trabajo (BOCM 20 de junio), y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre.
1.3. Capacidad: Los solicitantes deberán poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
1.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y manteniéndose durante todo el proceso selectivo.
Segunda. Solicitudes
2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), por vía electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).
Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:
Primer paso: obtención de Identificador como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es/universidad/inicio.html, clicar “Regístrate” (esquina superior derecha) y registrarse siguiendo los pasos establecidos.
El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.
Segundo paso: una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.
La presentación por esta vía permite lo siguiente:
– Inscripción online a las pruebas selectivas.
– Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.
– El pago online de tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– Finalizado el proceso, obtener justificante en formato PDF de la solicitud.
La presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “OEP2025. Grupo I. UNED Media. Marketing (LCEM0085)”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, esta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.
En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
2.2. Los derechos de examen serán de 17 € y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrán la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.
No será necesario presentar este justificante cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.
b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesario cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento del título se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.
c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los datos o, habiendo consentido la misma, esta no sea posible.
2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:
FASES:
1.ª- Datos personales. En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.
2.ª- Datos de contacto. En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico y teléfonos de contacto.
3.ª- Datos de la solicitud. En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si en el apartado 1. Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad igual o mayor al 33 %.
4.ª- Documentación. En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:
•Personas con discapacidad igual o superior al 33 %: justificante acreditativo de tal condición.
•Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: dictamen técnico facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.
El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales Médicas y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
•Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.
•Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.
•Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.
5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas. El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:
a- Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.
b- Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6.ª- Resumen. En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.
7.ª- Final. En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.
2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.
Tercera. Admisión de aspirantes
3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.
Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.
3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.
Cuarta. Tribunal Calificador
4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría primera.
4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de este y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.
4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.
Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al rector, dando traslado de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.
4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.
4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PTGAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es).
4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.
Quinta. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.
5.1. Fase de oposición. El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el Anexo I de la convocatoria.
Primer ejercicio. Consistirá en la contestación de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro alternativas de respuesta, siendo solo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá prever 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 100 anteriores.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de ciento diez minutos.
Se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.
Segundo ejercicio, de carácter teórico-práctico. Consistirá en la resolución de dos casos prácticos, planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:
– Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.
– Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
5.2. Fase de concurso. Esta fase, que solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, supondrá el 30 % de la puntuación que se determine para el conjunto de las pruebas selectivas y se obtendrá de la valoración de los siguientes elementos:
5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 15 puntos.
5.2.1.1. Hasta 5 puntos por desempeño provisional en movilidad funcional en la plaza convocada, a razón de 0,1 punto por cada mes en movilidad funcional.
5.2.1.2. Un máximo de 10 puntos se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado.
• 0,1 puntos por cada mes en la misma unidad.
• 0,04 por cada mes en otra unidad o en otras Administraciones Públicas.
Se entenderá como la misma unidad el mismo servicio o unidad equivalente.
Para acreditar el trabajo desarrollado es necesario presentar un certificado de funciones expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.
5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima total de la fase de concurso, por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:
• 0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
• 0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones Públicas.
Para acreditar la antigüedad será necesario presentar un certificado de servicios prestados expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
Serán valorables, como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad.
También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.
A efectos de los dispuesto en este punto, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 % de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones del puesto al que opta, impartidos por organismos e instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua.
Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 5 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
• De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
• De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
• De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.
• De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.
• De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.
• De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 5 puntos.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios.
Sexta. Desarrollo del proceso selectivo
6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la Universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.
6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación.
Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Los méritos se acreditarán con certificación expedida por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.
La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.
6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra la letra “U” resultado del sorteo celebrado el día 24 de julio de 2025 por la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto).
6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al rector de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya elevado propuesta de resolución al órgano convocante de igual número de aspirantes aprobados que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes selecionados antes de la formalización del contrato, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible incorporación.
6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.
Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación
7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.
Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
Conforme al artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de Administración y Servicios de la UNED, se establece un período de prueba de tres meses en el que no se computará el tiempo de incapacidad temporal.
Octava. Norma final
8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
8.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer demanda ante la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 2 de junio de 2026. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
ANEXO I
Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios de la UNED
Primera. Descripción de la plaza.
Código plaza: LCEM0085
Grupo profesional I, nivel B.
Adscripción: UNED Media. Comunicación y marketing.
Funciones principales del puesto:
•Apoyo a la dirección de Comunicación y marketing en el diseño de las campañas de publicidad.
• Conocimiento y manejo de las herramientas para el seguimiento del impacto de las campañas de la UNED.
• Analítica de datos e inteligencia artificial aplicadas a las acciones de Marketing.
• Manejo de Google Analytics.
• Establecimiento de modelos predictivos del comportamiento del mercado en el sector de la educación superior.
• Análisis permanente de las estrategias publicitarias de la competencia.
• Realización de propuestas de estrategias publicitarias y de marketing.
• Implementación de campañas de publicidad en redes sociales y metabuscadores con los perfiles propios de la UNED en paralelo a la labor de la agencia publicitaria contratada.
• Implementación de técnicas SEO (Search Engine Optimization)
Segunda. Programa.
Bloque I: Estrategia de marketing universitario
1. Análisis del entorno universitario: El PESTEL del sector educativo en España y Europa.
2. Planificación estratégica de marketing: Diagnóstico, objetivos, estrategias y presupuesto.
3. Segmentación y Targeting. Definición del “Buyer Persona” (Grado, Postgrado, Doctorado y formación continua).
4. Posicionamiento de marca universitaria. Diferenciación en un entorno competitivo.
5. El marketing mix en la Universidad. Adaptación de las 4Ps (o 7Ps) al servicio educativo.
6. Investigación de mercados. Métodos cuantitativos y cualitativos aplicados a la educación.
7. Benchmarking educativo. Análisis de la competencia nacional e internacional.
8. El ciclo de vida del estudiante: desde el interés inicial hasta convertirse en alumni.
9. Marketing de servicios: características diferenciales: intangibilidad, inseparabilidad y caducidad.
10. Marketing de la educación a distancia y semipresencial. Estrategias para el estudiante no tradicional (adulto, trabajador).
Bloque II: Marketing digital y captación
11. Ecosistema digital universitario: web institucional, microsites y experiencia de usuario (UX).
12. SEO para Universidades: optimización para buscadores y búsqueda local.
13. SEM y Publicidad de Pago (PPC). Estrategias en Google Ads y Meta Ads para periodos de matriculación.
14. Inbound Marketing y content marketing. Creación de valor para atraer a futuros alumnos.
15. Email marketing y automatización. El uso del CRM para el seguimiento de “leads”.
16. Social media management: Estrategia en Instagram, TikTok, LinkedIn y Twitter (X) para centros educativos.
17. Marketing de influencers y prescriptores. El papel de los alumnos actuales y egresados.
18. Video marketing. El impacto del contenido audiovisual en la decisión del estudiante.
19. Mobile marketing. App universitarias y optimización para dispositivos móviles.
20. Analítica Web. Google Analytics 4 (GA4) y medición de KPIs de conversión.
21. Publicidad programática: Alcance y segmentación avanzada.
22. Marketing de contenidos y repositorios abiertos: El uso del conocimiento abierto (Canal UNED, Lincei) como herramienta de inbound marketing.
Bloque III: Comunicación Institucional y relaciones públicas
23. Identidad visual corporativa. Manual de marca y coherencia institucional.
24. Gabinete de prensa y medios. Relación con periodistas y notas de prensa.
25. Comunicación de crisis. Protocolos ante situaciones que afecten a la reputación universitaria.
26. Organización de eventos. Jornadas de Puertas abiertas, ferias educativas y graduaciones.
27. Protocolo oficial. Precedencias y actos académicos.
28. Responsabilidad Social Universitaria (RSU). Comunicación de sostenibilidad y compromiso social.
29. Comunicación Interna. Canales para el PDI, PTGAS y alumnado actual.
30. Relaciones con el Entorno. Vinculación universidad-empresa y transferencia de conocimiento.
31. Gestión de la identidad digital y reputación Online. Monitorización de la “conversación” académica en redes. Protocolos de actuación ante crisis de reputación digital.
Bloque IV: Innovación, tendencias y fidelización
32. Inteligencia artificial en marketing: Chatbots, personalización y análisis predictivo.
33. Marketing experiencial: Crear una conexión emocional con el campus.
34. Estrategias de retención y fidelización. Reducción de la tasa de abandono.
35. Programas de Alumni. El marketing orientado a antiguos alumnos y captación de fondos (fundraising).
36. Marketing internacional. Atracción de estudiantes extranjeros y programas de movilidad (Erasmus+).
37. Gamificación en el marketing educativo. Motivación y engagement.
38. Eventos Virtuales y Webinars. Nuevos formatos de captación.
39. Neuromarketing aplicado a la educación. Cómo decide el estudiante.
40. Evaluación del Retorno de Inversión (ROI). Justificación del gasto público en campañas de marketing.
ANEXO II
Tribunal Calificador
Titulares
Presidente:
• D. Álvaro Martín Herrera, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
Vocales:
• D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D. Carlos Rupérez Resa, Escala de Técnicos de Gestión de la UPM.
Secretaria:
• D.ª Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
Suplentes
Presidente:
• D. Tomás Acero Sánchez, Escala Técnica Superior de Administración de la UAM.
Vocales:
• D.ª María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª Mariana de Blas Galbete, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
• D.ª Rebeca Perdones Moreno, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
Secretaria:
• D.ª M.ª Carmen García Galindo, Escala Técnica Superior de Administración de la UAM.
11.- Convocatoria para la contratación laboral del puesto de subdirector/a del Centro de Tecnología de la UNED
Sección PTGAS Laboral
Por necesidades organizativas urgentes, se resuelve proceder a la publicación de la convocatoria para la contratación de un subdirector/a del Centro de Tecnología de la UNED (en adelante, CTU), de conformidad con las siguientes
BASES
1.ª- Régimen jurídico del contrato ofertado
Se suscribirá contrato indefinido sometido al régimen laboral común, excluido del ámbito de aplicación del vigente Convenio Colectivo para el PAS laboral de la UNED, por su carácter directivo y de especial confianza, de conformidad con el artículo 2 del mismo. Se establecerá un período de prueba de seis meses, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores (Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre).
2.ª- Requisitos de los aspirantes
En el momento de presentar la solicitud, las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Nacionalidad: encontrarse en alguna de las situaciones siguientes:
• Tener la nacionalidad española.
• Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
• Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
• Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
• Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
2. Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
4. Habilitación: no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
5. Titulación: ostentar titulación universitaria de grado superior relacionada con las Tecnologías de la Información.
3.ª- Perfil del puesto
El subdirector/a del CTU, bajo la dependencia del director se encarga de la dirección técnica y administrativa del CTU, del asesoramiento permanente a los órganos directivos de la Universidad en materia tecnológica y de la implementación, ejecución y seguimiento de la estrategia de transformación digital de la UNED.
Funciones principales:
a) Responsable de la estrategia tecnológica de la organización, que debe estar alineada con los objetivos marcados en el plan estratégico aprobado en el Consejo de Gobierno.
a) Apoyo al director del CTU en la implementación, desarrollo y mantenimiento de los servicios prestados por el CTU, y definición de las líneas de actuación.
b) Identificar y evaluar riesgos a alto nivel e identificar medidas para mitigarlos.
c) Brindar apoyo a todas las áreas de la organización para comprender sus necesidades y darles solución.
d) Optimización de procesos internos y en relaciones externas.
e) Centralización, securización y monitorización de los flujos de negocio.
f) Estabilización de recursos físicos y virtuales, tanto hardware como software.
g) Gestión del ecosistema de socios tecnológicos y proveedores TIC, garantizando la incorporación eficiente de innovación externa de forma alineada con el presupuesto institucional.
h) Alineación del CTU de la UNED con la planificación estratégica y los programas de transformación digital, y coordinación con los distintos actores implicados.
i) Colaboración con el director del CTU y el Vicerrectorado de Tecnología en la investigación de nuevas tecnologías, oportunidades, posibles tendencias y su aplicación a la UNED.
j) Gestionar y velar por el buen funcionamiento del Centro de Tecnología de la UNED, así como por una gestión sostenible y formativa de sus recursos humanos.
Experiencia profesional, acorde con las funciones que deberán desarrollar, en especial:
• Una sólida capacidad directiva y de liderazgo de equipos técnicos de carácter multidisciplinar y gestión de proyectos tecnológicos complejos, tanto por su alcance funcional como por su impacto organizativo.
• Una visión estratégica alineada con los objetivos institucionales y con las políticas de transformación digital de la UNED.
• Experiencia relevante en materia de planificación TIC, gestión presupuestaria y contratación pública, garantizando el cumplimiento de la normativa aplicable y una utilización eficiente de los recursos públicos.
• Experiencia en tecnologías disruptivas como analítica avanzada, inteligencia artificial o ciberseguridad, que permitan su adopción de forma progresiva y alineada con los objetivos institucionales de la UNED.
• Se valorará positivamente un nivel alto de inglés y otros idiomas, así como la capacidad de realizar presentaciones en entornos internacionales.
4.ª- Dedicación y ubicación del puesto de trabajo
El desempeño del puesto requerirá una especial y plena disponibilidad horaria, encontrándose sometido al régimen de incompatibilidades previsto en la ley 53/1984, de 26 de diciembre.
El puesto de trabajo está localizado en la Avenida de Esparta, 9,28232. Las Rozas Madrid.
5.ª- Solicitudes y plazo de presentación
El curriculum y la documentación que se estime procedente para su valoración deberá presentarse a la Gerencia de la UNED a través del registro electrónico común, accesible a través de la sede electrónica de la Universidad, en el plazo de diez días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI) de la UNED.
6.ª- Proceso selectivo
Se evaluarán los méritos de los candidatos en relación con el perfil del puesto cuya cobertura se pretende. Los candidatos podrán ser citados para la realización de entrevista personal que versará sobre aspectos del curriculum vitae presentado, puntos concretos de los méritos aducidos y, en general, aquellos otros aspectos que permitan al órgano de selección evaluar la idoneidad del candidato para el puesto.
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación los principios rectores contenidos en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Madrid, 29 de mayo de 2026. EL RECTOR, Ricardo Marial Usón.
12.- Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral, Grupo III nivel B, en Centro de Tecnología de la UNED. Nuevas Tecnologías y Proyectos
Sección PTGAS Laboral
Por Resolución rectoral de 12 de diciembre de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 22 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 para de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (en adelante, PTGAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2025, prevista en el artículo 20. Dos.3. I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2026.
Considerando lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el que se señala que entre los principios generales que deberán respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación, figuran los principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo previsto en el artículo 18.3 del III Convenio Colectivo del PTGAS Laboral de la Universidad, tras constatar la inexistencia de solicitudes de reingreso de excedentes y la improcedencia de la convocatoria de concurso de traslado, al no cumplir ningún empleado de esta Universidad los requisitos establecidos en el artículo 19.1 del del citado III Convenio Colectivo.
Este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo (BOE de 12 de marzo), y conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PTGAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de PTGAS Laboral, Grupo III, nivel B, CTU. Nuevas Tecnologías y Proyectos, con sujeción a las siguientes bases.
Bases de la convocatoria
Primera. Requisitos
1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el PTGAS Laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de, al menos, un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.
1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
1.3. Capacidad. Los solicitantes deberán poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
1.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y manteniéndose durante todo el proceso selectivo.
Segunda. Solicitudes
2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), por vía electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).
Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:
Primer paso: Obtención de Identificador como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es/universidad/inicio.html, clicar “Regístrate” (esquina superior derecha) y registrarse siguiendo los pasos establecidos.
El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.
Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.
La presentación por esta vía permite lo siguiente:
– Inscripción online a las pruebas selectivas.
– Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.
– El pago online de tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– Finalizado el proceso, obtener justificante en formato PDF de la solicitud.
La presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “OEP2025. Grupo III. CTU. Nuevas tecnologías (LCTU0037)”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, esta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.
En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
2.2. Los derechos de examen serán de 10 € y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.
No será necesario presentar este justificante cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.
b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesario cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento del título se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.
c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los datos o, habiendo consentido la misma, esta no sea posible.
2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:
FASES:
1.ª- Datos personales. En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.
2.ª- Datos de contacto. En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico y teléfonos de contacto.
3.ª- Datos de la solicitud. En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si en el apartado 1. Datos personales ha indicado el grado de discapacidad igual o mayor al 33 %.
4.ª- Documentación. En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:
•Personas con discapacidad igual o superior al 33 %: justificante acreditativo de tal condición.
•Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: dictamen técnico facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.
El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales Médicas y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
•Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.
•Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.
•Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.
5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas. El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:
a- Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.
b- Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6.ª- Resumen. En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.
7.ª- Final. En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.
2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.
Tercera. Admisión de aspirantes
3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.
Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.
3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.
Cuarta. Tribunal Calificador
4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría segunda.
4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de este y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.
4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.
Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.
4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.
4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PTGAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es).
4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.
Quinta. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.
5.1. Fase de oposición. El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el Anexo I de la convocatoria.
Primer ejercicio. Consistirá en la contestación de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro alternativas de respuesta, siendo solo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta: por 5 respuestas erróneas se descontará una correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá prever 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 80 anteriores.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.
Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Segundo ejercicio, de carácter teórico-práctico. Consistirá en la resolución de dos casos prácticos, planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa. Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas y podrán preverse 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 15 anteriores.
El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de noventa minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
5.2. Fase de concurso. Esta fase, que solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, supondrá el 30 % de la puntuación que se determine para el conjunto de las pruebas selectivas y se obtendrá de la valoración de los siguientes elementos:
5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 15 puntos.
5.2.1.1. Hasta 5 puntos por desempeño provisional en movilidad funcional en la plaza convocada, a razón de 0,1 punto por cada mes en movilidad funcional.
5.2.1.2. Un máximo de 10 puntos se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado.
• 0,1 puntos por cada mes en la misma unidad.
• 0,04 por cada mes en otra unidad o en otras Administraciones Públicas.
Se entenderá como la misma unidad el mismo servicio o unidad equivalente.
Para acreditar el trabajo desarrollado es necesario presentar un certificado de funciones expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.
5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima total de la fase de concurso, por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:
• 0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
• 0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones Públicas.
Para acreditar la antigüedad será necesario presentar un certificado de servicios prestados expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
Serán valorables, como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad.
También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.
A efectos de los dispuesto en este punto, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 % de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones del puesto al que opta, impartidos por organismos e instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua.
Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 5 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
• De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
• De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
• De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.
• De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.
• De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.
• De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 5 puntos.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios.
Sexta. Desarrollo del proceso selectivo
6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la Universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.
6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación.
Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Los méritos se acreditarán con certificación expedida por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.
La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.
6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra la letra “U” resultado del sorteo celebrado el día 24 de julio de 2025 por la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto).
6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al rector de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya elevado propuesta de resolución al órgano convocante de igual número de aspirantes aprobados que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes selecionados antes de la formalización del contrato, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible incorporación.
6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.
Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación
7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.
Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
Conforme al artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de Administración y Servicios de la UNED, se establece un período de prueba de un mes en el que no se computará el tiempo de incapacidad temporal.
Octava. Norma final
8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
8.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer demanda ante la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 2 de junio de 2026. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
ANEXO I
Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios de la UNED
Primera. Descripción de la plaza.
Código plaza: LCTU0037
Grupo profesional III, nivel B.
Adscripción: CTU. Nuevas Tecnologías y Proyectos.
Funciones principales del puesto:
• Soporte a nuevos proyectos del CTU.
• Estudio, programación, configuración y soporte a usuarios.
Segunda. Programa.
1. Identidad digital en la UE: eIDAS2, EUDI wallet, firma electrónica y sello electrónico.
2. Ciberseguridad en entornos universitarios: ENS, RGPD, análisis de riesgos.
3. Autenticación y control de accesos: MFA, SSO, OAuth2, SAML.
4. Arquitecturas cloud y contenedores: IaaS, PaaS, Kubernetes, microservicios, despliegue y escalado.
5. Monitorización y observabilidad: métricas, logging y trazabilidad.
6. Ciclo de vida del software. Waterfall, Agile, Lean y fases del ciclo de vida.
7. Gestión de proyectos TIC. Scrum, Kanban, requisitos y técnicas de gestión.
8. DevOps y DevSecOps. CI/CD, IaC, integración y despliegue continuos, documentación.
9. Ingeniería de requisitos y análisis funcional. historias de usuario, entrevistas, prototipos.
10. Análisis y diseño estructurado. DFD, diagramas de estructura, cohesión y acoplamiento.
11. Modelización de datos y bases de datos. E/R, ANSI/SPARC, SQL, NoSQL, diseño lógico y físico.
12. Arquitectura de software moderna y APIs: microservicios, eventos, REST, GraphQL, SOAP.
13. Aplicaciones web: diseño multidispositivo, frontend, backend, interoperabilidad y seguridad.
14. Calidad del software y pruebas: métricas, modelos, pruebas de software y hardware.
15. OCR, biometría y blockchain: OCR/ICR, biométrico, blockchain, smart contracts, EBSI.
16. Arquitectura de desarrollo web: frontend, frameworks, UX, backend e integración.
17. Inteligencia artificial: ML, DL, NLP, visión artificial, agentes inteligentes, ética.
18. Ciencia de datos: ETL, modelado, validación, MLOps, estadística y visualización.
19. RPA avanzado y gobierno del ciclo de automatización: COE, ciclo de vida, auditoría, trazabilidad.
20. Integración del RPA con sistemas corporativos y automatización inteligente: IA+RPA, process mining, APIs, escalabilidad.
ANEXO II
Tribunal Calificador
Titulares
Presidente:
• D.ª Paloma Centeno Fernández, Escala Técnicos de Gestión de la UPM.
Vocales:
• D. Manuel Lorenzo Orive, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D. Oscar Oliver Yuste García, Escala Administrativa de la UNED.
• D.ª Belén Sánchez Sánchez, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
Secretaria:
• D.ª María Pilar Bonilla, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
Suplentes
Presidente:
• D.ª María Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
Vocales:
• D.ª María Elena Herrera Díaz, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª Eva Rodríguez Moroño, Escala Administrativa de la UNED.
• D. Tomás Baño Galán, Escala Administrativa de la UNED.
Secretaria:
• D.ª Gema Fernández García, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
13.- Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral, Grupo III nivel B, en CTU. Sistemas y Base de Datos
Sección PTGAS Laboral
Por Resolución rectoral de 12 de diciembre de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 22 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 para de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (en adelante, PTGAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2025, prevista en el artículo 20. Dos.3. I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2026.
Considerando lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el que se señala que entre los principios generales que deberán respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación, figuran los principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo previsto en el artículo 18.3 del III Convenio Colectivo del PTGAS Laboral de la Universidad, tras constatar la inexistencia de solicitudes de reingreso de excedentes y la improcedencia de la convocatoria de concurso de traslado, al no cumplir ningún empleado de esta Universidad los requisitos establecidos en el artículo 19.1 del del citado III Convenio Colectivo.
Este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo (BOE de 12 de marzo), y conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PTGAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de PTGAS Laboral, Grupo III, nivel B, CTU. Sistemas y Base de Datos, con sujeción a las siguientes bases.
Bases de la convocatoria
Primera. Requisitos
1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el PTGAS Laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de, al menos, un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.
1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
1.3. Capacidad.Los solicitantes deberán poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
1.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y manteniéndose durante todo el proceso selectivo.
Segunda. Solicitudes
2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), por vía electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).
Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:
Primer paso: obtención de Identificador como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es/universidad/inicio.html, clicar “Regístrate” (esquina superior derecha) y registrarse siguiendo los pasos establecidos.
El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.
Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.
La presentación por esta vía permite lo siguiente:
– Inscripción online a las pruebas selectivas.
– Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.
– El pago online de tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– Finalizado el proceso, obtener justificante en formato PDF de la solicitud.
La presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “OEP2025. Grupo III. CTU. Sistemas y Base de Datos (LCTU0091)”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, esta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.
En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
2.2. Los derechos de examen serán de 10 € y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrán la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.
No será necesario presentar este justificante cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.
b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesario cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento del título se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.
c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los datos o, habiendo consentido la misma, esta no sea posible.
2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:
FASES:
1.ª- Datos personales. En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.
2.ª- Datos de contacto. En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico y teléfonos de contacto.
3.ª- Datos de la solicitud. En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si en el apartado 1. Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad igual o mayor al 33 %.
4.ª- Documentación. En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:
•Personas con discapacidad igual o superior al 33 %: justificante acreditativo de tal condición.
•Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: dictamen técnico facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.
El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales Médicas y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
•Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.
•Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.
•Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.
5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas. El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:
a- Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.
b- Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6.ª- Resumen. En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.
7.ª- Final. En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.
2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.
Tercera. Admisión de aspirantes
3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.
Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.
3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.
Cuarta. Tribunal Calificador
4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría segunda.
4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de este y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.
4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.
4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.
Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.
4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.
4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PTGAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es).
4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.
Quinta. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.
5.1. Fase de oposición. El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el Anexo I de la convocatoria.
Primer ejercicio. Consistirá en la contestación de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro alternativas de respuesta, siendo solo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá prever 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 80 anteriores.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.
Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.
Segundo ejercicio, de carácter teórico-práctico. Consistirá en la resolución de dos casos prácticos, planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa. Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas y podrán preverse 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 15 anteriores.
El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de noventa minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:
– Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.
– Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
5.2. Fase de concurso. Esta fase, que solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, supondrá el 30 % de la puntuación que se determine para el conjunto de las pruebas selectivas y se obtendrá de la valoración de los siguientes elementos:
5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 15 puntos.
5.2.1.1. Hasta 5 puntos por desempeño provisional en movilidad funcional en la plaza convocada, a razón de 0,1 punto por cada mes en movilidad funcional.
5.2.1.2. Un máximo de 10 puntos se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado.
• 0,1 puntos por cada mes en la misma unidad.
• 0,04 por cada mes en otra unidad o en otras Administraciones Públicas.
Se entenderá como la misma unidad el mismo servicio o unidad equivalente.
Para acreditar el trabajo desarrollado es necesario presentar un certificado de funciones expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.
5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima total de la fase de concurso, por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:
• 0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
• 0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones Públicas.
Para acreditar la antigüedad será necesario presentar un certificado de servicios prestados expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
Serán valorables, como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad.
También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.
A efectos de los dispuesto en este punto, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 % de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones del puesto al que opta, impartidos por organismos e instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua.
Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 5 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
• De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
• De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
• De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.
• De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.
• De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.
• De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 5 puntos.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios.
Sexta. Desarrollo del proceso selectivo
6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la Universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.
6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación.
Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Los méritos se acreditarán con certificación expedida por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.
La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.
6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra la letra “U” resultado del sorteo celebrado el día 24 de julio de 2025 por la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto).
6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al rector de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya elevado propuesta de resolución al órgano convocante de igual número de aspirantes aprobados que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes selecionados antes de la formalización del contrato, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible incorporación.
6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.
Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación
7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.
Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
Conforme al artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de Administración y Servicios de la UNED, se establece un período de prueba de un mes en el que no se computará el tiempo de incapacidad temporal.
Octava. Norma final
8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
8.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer demanda ante la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 2 de junio de 2026. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
ANEXO I
Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios de la UNED
Primera. Descripción de la plaza.
Código plaza: LCTU0091
Grupo profesional III, nivel B.
Adscripción: CTU. Sistemas y bases de datos.
Funciones principales del puesto:
• Instalación, mantenimiento y soporte de servidores y bases de datos.
• Virtualización, backup, integración continua.
• Soporte de sistemas a otras áreas del CTU.
Segunda. Programa.
1. Informática básica. Representación y comunicación de la información: elementos constitutivos de un sistema de información. Características y funciones. Arquitectura de ordenadores. Componentes internos de los equipos microinformáticos.
2. Sistemas operativos. Características y elementos constitutivos. Administración de sistemas Linux. Administración de sistemas Windows. Sistemas operativos para dispositivos móviles.
3. Métodos y protocolos para compartir ficheros. SFTP, HTTPS, SMB, NFS, WebDAV.
4. Seguridad física y lógica de un sistema de información. Herramientas en ciberseguridad. Gestión de incidentes. Informática forense.
5. Infraestructura física de un CPD: acondicionamiento y equipamiento. Sistemas de gestión de incidencias. Control remoto de puestos de usuario. CPD de respaldo.
6. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales, orientados a objetos y NoSQL: características y componentes. Administración de bases de datos.
7. Lenguaje SQL, comandos DDL, DML y DCL. Conceptos, metodología, sintaxis, aplicaciones.
8. Administración de bases de datos Oracle. Gestión de usuarios. Gestión de almacenamiento y backup. Configuración. Monitorización del rendimiento.
9. Gestión documental. Gestión de contenidos. Tecnologías CMS y DMS.
10. Servidores de Aplicaciones (I). Tomcat. Conceptos, instalación, configuración, despliegue, Administración y herramientas. Microservicios.
11. Servidores de Aplicaciones (II). Internet Information Server. Arquitectura, instalación, configuración, gestión de sitios y aplicaciones, despliegue, seguridad y monitorización
12. Tecnología de organización en contenedores. Docker, gestión de aplicaciones en contenedores. Kubernetes, Ansible.
13. Ciclo de vida de desarrollo del software. DevOps. Jenkins, GitLab.
14. Software de gestión de proyectos. Jira.
15. Inteligencia artificial. Clasificación: machine learning, deep learning, NLP, sistemas expertos, robótica, y agentes inteligentes.
16. Características del blockchain, glosario de Szavo, tipos de redes y algoritmos de consenso, Smart contract.
17. Virtualización de sistemas y de centros de datos. VMware, Proxmox. Virtualización de puestos de trabajo.
18. El modelo TCP/IP y el modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP.
19. Internet: arquitectura de red. Origen, evolución y estado actual. Principales servicios. Protocolos HTTP, HTTPS y SSL/TLS.
20. Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Seguridad perimetral. Acceso remoto seguro a redes. Redes privadas virtuales (VPN). Seguridad en el puesto del usuario.
ANEXO II
Tribunal Calificador
Titulares
Presidente:
• D.ª Paloma Centeno Fernández, Escala Técnicos de Gestión de la UPM.
Vocales:
• D. Manuel Lorenzo Orive, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D. Oscar Oliver Yuste García, Escala Administrativa de la UNED.
• D.ª María Pilar Bonilla García, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
Secretaria:
• D.ª Gema Fernández García, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
Suplentes
Presidente:
• D.ª María Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
Vocales:
• D.ª María Elena Herrera Díaz, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª Eva Rodríguez Moroño, Escala Administrativa de la UNED.
• D. Tomás Baño Galán, Escala Administrativa de la UNED.
Secretaria:
• D.ª Belén Sánchez Sánchez, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
14.- Resolución de adjudicación y denegación de la ayuda B1. Abono transporte y ayuda al transporte para personas con movilidad reducida
Acción Social
Por Resolución rectoral de 24 de febrero de 2026 (BICI n.º 20, de 2 de marzo) se convocan las ayudas sociales que se relacionan en la propia convocatoria, entre ellas la ayuda de Abono transporte y ayuda al transporte para personas con movilidad reducida, teniendo como periodo de cobertura el año 2025.
Una vez tramitadas las solicitudes de la mencionada ayuda,
ESTE RECTORADO, en uso de las atribuciones que le confiere el art. 99 de los Estatutos de esta Universidad (R.D. 1239/2011 de 8 de septiembre, B.O.E. 22 de septiembre), ha resuelto:
PRIMERO. Adjudicar las ayudas correspondientes a los solicitantes que presentaron la documentación en tiempo y forma (ANEXO I).
SEGUNDO. Denegar las ayudas a los solicitantes que no reúnen los requisitos para su concesión de acuerdo con las bases de la convocatoria (ANEXO II).
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el Rectorado de la Universidad, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BICI.
Madrid, 29 de mayo de 2026. El RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
SECCIÓN II. CENTROS, FACULTADES Y ESCUELAS
facultad de derecho
15.- Comunicado para los estudiantes del Máster Universitario en Trabajo Social, Estado del Bienestar y Metodología de la Intervención Social
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes del Máster Universitario en Trabajo Social, Estado del Bienestar y Metodología de la Intervención Social, la incorporación de la profesora D.ª Laura Ponce de León Romero al equipo docente de la asignatura “Intervención Social y Envejecimiento” (Cód. 26612056).
Su horario de atención al estudiante será el miércoles de 10:00 a 14:00 y jueves de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 20:00 horas.
Teléf.: 91 398 92 23.
Correo electrónico: lponce@der.uned.es
facultad de psicología
16.- Resolución de la Convocatoria del Plan 2026 para el fomento de la investigación y de la difusión de la investigación de la Facultad de Psicología
Decanato de la Facultad
Desde el Decanato de la Facultad de Psicología, y con el refrendo de la Comisión de Investigación y Doctorado de la Facultad, reunida con fecha 2 de junio de 2026, se ha emitido la resolución de la convocatoria del Plan 2026 para el fomento de la investigación y de la difusión de la investigación de la Facultad de Psicología, en sus diferentes modalidades, según la relación de beneficiarios/as que se detalla a continuación.
1. AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN
La financiación de esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 3.500 € para cada ayuda, en dos modalidades (investigación básica e investigación aplicada). Los beneficiarios son los siguientes:
1. Investigación básica: D.ª Victoria Branchadell Capdevila, por el proyecto titulado “Procesamiento visual holístico y expresiones emocionales. Estandarización del primer set de caras Mooney emocionales”.
2. Investigación aplicada: D. Manuel Rodríguez González, por el proyecto titulado “Promoción de la salud emocional en adolescentes de 3.º de la ESO: adaptación e implementación escolar del Protocolo Unificado para Adolescentes (UP-A) en un estudio piloto”.
2. AYUDAS PARA LA ASISTENCIA A CONGRESOS DE INVESTIGACIÓN
La dotación presupuestaria prevista para esta convocatoria asciende a dos ayudas de 500 € cada una, las cuales se conceden a las siguientes solicitantes:
• D.ª Beatriz Alba Langreo.
• D.ª Sara Rodríguez Fregenal.
Además, se establecen dos candidatos/as suplentes, para aquellos casos en los que beneficiarios arriba indicados renuncien a las ayudas:
• D.ª Ana Belén Sanz Martos.
• D.ª María Provencio Ortega.
3. PREMIOS A LAS PUBLICACIONES CIENTÍFICAS DE MAYOR IMPACTO CIENTÍFICO
Se conceden dos premios de 400 € cada uno, para dos modalidades (investigación básica e investigación aplicada). Las premiadas son los siguientes:
1. Investigación básica: D.ª Ana María Soler Gutiérrez, por el artículo: Soler-Gutiérrez, A. M., Pérez-González, J. C., & Mayas, J. (2023). Evidence of emotion dysregulation as a core symptom of adult ADHD: A systematic review. PloS one, 18(1), e0280131. https://doi.org/10.1371/journal.pone.0280131
2.Investigación aplicada: D.ª Belén Fernández Castilla, por el artículo: Panadero, E., Jonsson, A., Pinedo, L., & Fernández-Castilla, B. (2023). Effects of rubrics on academic performance, self-regulated learning, and self-efficacy: A meta-analytic review. Educational Psychology Review, 35(4), Article 113. https://doi.org/10.1007/s10648-023-09823-4
4. PREMIOS A LA EXCELENCIA EN LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS FIN DE MÁSTER DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA PARA TRABAJOS REALIZADOS EN EL CURSO 2024-2025
El presupuesto de estos premios es de 2.000 € en su totalidad, que será distribuido entre un primer premio de 1.000 euros y dos accésits de 500 €. Los premiados son los siguientes:
• Primer premio: D.ª Alba Rubio Cortezón, por el TFM titulado “Tras las huellas de Laura: Locura, género y silencio (1911-1944)”.
• Accésit: D.ª Patricia Alonso Villar, por el TFM titulado “Plan de Prevención de Riesgos Laborales, evaluación de riesgos de una presa hidroeléctrica aplicado a un Organismo Autónomo de la Administración General del Estado”.
• Accésit: D. Jaime Muñoz Vilches, por el TFM titulado “Los Influencers Neoliberales Promueven el Conservadurismo y el Victimismo Masculino y Debilitan la Confianza en la Eficacia de la Acción Colectiva”.
5. PREMIOS A LA MEJOR ACTIVIDAD DE DIVULGACIÓN CIENTÍFICA Y CIENCIA CIUDADANA
La dotación presupuestaria prevista para esta convocatoria a un premio de 500 €, el cual se concede a D. Shishir Baliyan, por la creación, producción y gestión del podcast de divulgación científica “Hablando de Psicología”.
Madrid, 2 de junio de 2026. LA DECANA DE LA FACULTAD, María José Contreras Alcalde.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO
17.- Depósito de Tesis Doctorales
Gestión de Doctorado III
En cumplimiento de la normativa vigente en relación con el procedimiento de tramitación de tesis doctorales, se informa a la comunidad universitaria de las Tesis Doctorales que han sido depositadas en la Sección Gestión de Doctorado III de la Escuela Internacional de Doctorado desde la publicación del último número del BICI. Durante el período indicado, cualquier doctor/a previamente acreditado/a, podrá solicitar en el correo: admescueladoctorado@adm.uned.es el acceso a la tesis en depósito. Podrá examinar el documento durante un período de 48 horas y, en su caso, dirigir escrito a la Escuela Internacional de Doctorado con las consideraciones y observaciones que estime oportuno formular:
•AUTOR: D. LUIS JESÚS RINCÓN USSA.
TESIS: “MODELO EXPERIENCIAL DIALÉCTICO (MOEXDIIIPE): GUÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE INNOVACIONES PEDAGÓGICAS INTEGRALES EN LA EDUCACIÓN INICIAL DE LOS DOCENTES DE LENGUA EXTRANJERA”.
DIRECTORES: D.ª M.ª CONCEPCIÓN DOMÍNGUEZ GARRIDO Y D. JOSÉ MANUEL SÁEZ LÓPEZ.
PROGRAMA: “EDUCACIÓN”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 29/mayo /2026
FIN DEPÓSITO: 18/junio/2026
•AUTORA: D. LEIDY VIVIANA SERRANO SERRATO.
TESIS: “LOS CORRESPONSALES BANCARIOS COMO SOLUCIÓN DE INCLUSIÓN FINANCIERA TERRITORIALMENTE SOSTENIBLE Y RESPONSABLE: UNA EVALUACIÓN EMPÍRICA PARA COLOMBIA”.
DIRECTORA: D.ª TERESA CARMEN HERRADOR ALCAIDE.
PROGRAMA: “ECONOMÍA Y EMPRESA”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 01/junio/2026.
FIN DEPÓSITO: 19/junio/2026.
•AUTOR: D. JOSÉ FORTUNATO HONTORIA CABALLERO.
TESIS: “ENSAYO SOBRE EL ESQUEMA DE TARIFAS DE AGUA PARA USO DOMÉSTICO”.
DIRECTORES: D. JOSÉ MARÍA LABEAGA AZCONA Y D.ª LAURA PARTE ESTEBAN.
PROGRAMA: “ECONOMÍA Y EMPRESA”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 02/junio/2026.
FIN DEPÓSITO: 22/junio/2026.
La información de las tesis doctorales que se encuentran en el periodo de depósito pertenecientes a los programas de doctorado regulados por el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, puede consultarse en la siguiente dirección electrónica:
https://www.uned.es/universidad/facultades/escueladoctorado/estudiantes/publicacion.html
18.- Comunicado para los estudiantes del Programa de Doctorado
Gestión de Doctorado III
Se comunica a los estudiantes del Programa de Doctorado en Diversidad, subjetividad y socialización. Estudios en Antropología Social, historia de la Psicología y de la Educación del R.D. 99/2011, de 28 de enero, la siguiente modificación en la guía del curso 2025-2026:
Se incorpora como profesora del programa D.ª Cecilia Valbuena Canet, con categoría de profesora ayudante doctora, en el equipo 4, Historia y etnografía de la educación y de la escuela, en la línea 4, Historia y etnografía de la educación y de la escuela.
Se incorpora como profesora del programa D.ª Noelia Fernández González, con categoría de profesora ayudante doctora, en el equipo 4, historia y etnografía de la educación y de la escuela, en la línea 4, historia y etnografía de la educación y de la escuela.
Se incorpora como profesor del programa D. José Eduardo de Leste Moyanon, con categoría de profesor ayudante doctor, en el equipo 3, Metropolización y cambio cultural en sociedades contemporáneas, en la línea 3, Metropolización y cambio cultural en sociedades contemporáneas
Se da de baja como profesor del programa D. Alejandro Tiana Ferrer, con categoría de profesor emérito, del equipo 4, Historia y etnografía de la educación y de la escuela, de la línea 4, Historia y etnografía de la educación y de la escuela.
Se da de baja como profesor del programa D. Miguel Somoza Rodríguez, con categoría de profesor contratado doctor, del equipo 4, Historia y etnografía de la educación y de la escuela, de la línea 4, Historia y etnografía de la educación y de la escuela.
Se comunica a los estudiantes del Programa de Doctorado en Psicología del R.D. 99/2011, de 28 de enero, la siguiente modificación en la guía del curso 2026-2027:
Se incorpora como profesor del programa D. Rodrigo Schames Kreitchmann, con categoría de profesor permanente laboral, en el equipo 1, Procesos Psicológicos Básicos, Metodología y Neurociencia Cognitiva y del Comportamiento, en la línea 11, Instrumentos y técnicas de investigación en psicología y salud.
SECCIÓN III. VARIOS
convocatorias
19.- Información recibida en el Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
Programas Europeos de Investigación
1.- CONVOCATORIAS NACIONALES
q REDES DE INVESTIGACIÓN 2026
Las ayudas financiarán las actividades para la creación y desarrollo de redes de grupos de investigación encaminadas a:
a) Fomentar la colaboración, coordinación y creación de sinergias y complementariedad entre grupos de investigación financiados en convocatorias anteriores de proyectos del Plan Estatal de I+D+i, así como incrementar el impacto de los resultados de investigación obtenidos en dichos proyectos (Modalidad: Redes temáticas).
b) Fomentar la coordinación interna y las actividades de las redes de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) e ICTS distribuidas incluidas en el mapa de ICTS vigente, aprobado por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación (Modalidad: Redes ICTS).
c) Contribuir a la gestión y a la coordinación nacional de iniciativas estratégicas de I+D+i nacionales o internacionales (Modalidad: Redes estratégicas).
d) Planificar actividades conjuntas futuras y consolidar los resultados de actividades de I+D+i obtenidos en las actuaciones financiadas en los Planes Complementarios de I+D+i de coordinación entre las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (Modalidad: Redes para Planes Complementarios).
Dotación:
a) En el caso de las redes temáticas, la ayuda no podrá ser inferior a 20.000 € ni superior a 50.000 €.
b) En el caso de las redes ICTS y de las redes estratégicas la ayuda no podrá ser inferior a 20.000 € ni superior a 150.000 €.
c) En el caso de las redes de Planes Complementarios, la ayuda no podrá ser inferior a 20.000 € ni superior a 200.000 €.
Plazo interno: 29 de junio de 2026
Convocatoria completa: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2026-18372
boe
20.- Reseñas del Boletín Oficial del Estado
BICI
UNIVERSIDADES
Cuerpos docentes universitarios. Resolución de 20 de mayo de 2026, de la Universidad Autónoma de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/30/pdfs/BOE-A-2026-11648.pdf
BOE 30/05/2026
Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/30/pdfs/BOE-A-2026-11649.pdf
BOE 30/05/2026
Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. Resolución de 22 de mayo de 2026, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de Gestor/a de Administración.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/30/pdfs/BOE-A-2026-11651.pdf
BOE 30/05/2026
Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de Oficial de Administración.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/30/pdfs/BOE-A-2026-11652.pdf
BOE 30/05/2026
Ceses. Resolución de 8 de mayo de 2026, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se dispone el cese de don José Luis González Mateos como Vocal del Consejo Social.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/01/pdfs/BOE-A-2026-11714.pdf
BOE 01/06/2026
Cuerpos docentes universitarios. Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/01/pdfs/BOE-A-2026-11751.pdf
BOE 01/06/2026
Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/01/pdfs/BOE-A-2026-11752.pdf
BOE 01/06/2026
Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. Resolución de 18 de mayo de 2026, de la Universidad de Lleida, por la que se publica la convocatoria de proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica de Administración.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/01/pdfs/BOE-A-2026-11753.pdf
BOE 01/06/2026
Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Universidad de Alicante, por la que se publica la convocatoria de proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala Básica de Administración.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/01/pdfs/BOE-A-2026-11754.pdf
BOE 01/06/2026
Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Universitat de Valencia, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Superior de Edición y Publicaciones.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/01/pdfs/BOE-A-2026-11755.pdf
BOE 01/06/2026
Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas, se modifica la composición del Tribunal calificador y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, convocadas por Resolución de 9 de marzo de 2026.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/01/pdfs/BOE-A-2026-11756.pdf
BOE 01/06/2026
Anuncio de formalización de contratos de: Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Objeto: Suministro de ordenadores de sobremesa con S.O. Windows. Expediente: AS 4/2026.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/01/pdfs/BOE-B-2026-18112.pdf
BOE 01/06/2026
Anuncio de formalización de contratos de: Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Objeto: Suministros de monitores para equipos informáticos. Expediente: AS 6/2026.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/01/pdfs/BOE-B-2026-18113.pdf
BOE 01/06/2026
Cuerpos docentes universitarios. Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Universidad de Girona, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/02/pdfs/BOE-A-2026-11824.pdf
BOE 02/06/2026
Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Universidad de Girona, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/02/pdfs/BOE-A-2026-11825.pdf
BOE 02/06/2026
Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. Resolución de 27 de mayo de 2026, de la Universidad de Cantabria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Administrativa.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/02/pdfs/BOE-A-2026-11826.pdf
BOE 02/06/2026
Resolución de 28 de mayo de 2026, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudante de Biblioteca y Archivos.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/02/pdfs/BOE-A-2026-11827.pdf
BOE 02/06/2026
Anuncio de la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Educación a Distancia sobre extravío de título universitario.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/03/pdfs/BOE-B-2026-18508.pdf
BOE 03/06/2026
Cuerpos docentes universitarios. Resolución de 28 de mayo de 2026, de la Universidad de Extremadura, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/04/pdfs/BOE-A-2026-11992.pdf
BOE 04/06/2026
Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se modifica la de 30 de abril de 2026, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala Técnica Básica de Archivos y Bibliotecas.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/04/pdfs/BOE-A-2026-11993.pdf
BOE 04/06/2026
Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo de los Grupos I, II, III y IVA.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/04/pdfs/BOE-A-2026-11994.pdf
BOE 04/06/2026
Resolución de 28 de mayo de 2026, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas, se modifica la composición del Tribunal calificador y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnicos Auxiliares de Biblioteca, convocadas por Resolución de 2 de marzo de 2026.
https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/04/pdfs/BOE-A-2026-11995.pdf
BOE 04/06/2026
programación audiovisual
21.- Boletín de Programación de UNED MEDIA
Sección de producción de Medios Audiovisuales
Para obtener más información, consultar programas, ver horarios, puede consultar el Boletín en:
https://www.uned.es/universidad/inicio/unidad/unedmedia/Boletin-UNED-Media.html
También se puede consultar la información de Canal UNED en el siguiente enlace:
Para más información sobre la programación de UNED MEDIA, ponerse en contacto con el Negociado UNED Media y Contenidos Digitales unedmedia@adm.uned.es
22.- Boletín de Programación de Cadena Campus (INTECCA)
(INTECCA)
Algunos eventos difundidos a través de la Plataforma AVIP
Bosques en riesgo: claves para una gestión forestal eficaz frente a los incendios del siglo XXI
Del 24 al 26 de junio de 2026.
Los incendios forestales se han convertido en uno de los grandes retos ambientales, sociales y territoriales del siglo XXI. En un contexto marcado por el cambio climático, el abandono del medio rural y la transformación de los usos del suelo, los bosques mediterráneos y de montaña afrontan un escenario de riesgo creciente que exige nuevas miradas, herramientas y formas de gestión. Comprender las causas profundas de los grandes incendios, así como sus impactos ecológicos y humanos, es hoy una prioridad ineludible. El curso propone un espacio de reflexión y diálogo interdisciplinar en torno a esta problemática, reuniendo a especialistas en incendios forestales, cambio climático, ecología, gestión del territorio y políticas públicas. A lo largo del mismo se analizarán tanto los procesos globales que intensifican el riesgo de incendios como experiencias concretas que permiten extraer aprendizajes para una gestión forestal más resiliente.
https://extension.uned.es/actividad/51751
XVI Encuentro de Bibliotecas de la UNED
Del 22 al 23 de junio de 2026.
El XVI Encuentro de Bibliotecas de la UNED, que se celebrará en Valencia los días 22 y 23 de junio de 2026, se configura como un espacio de intercambio profesional orientado a reforzar la cooperación, la innovación y la mejora continua en la red de bibliotecas de la Universidad. A lo largo de estas jornadas, se abordarán temas clave como la transformación digital, la aplicación de la inteligencia artificial, la gestión de recursos y las buenas prácticas en los centros asociados. El programa combina intervenciones estratégicas, talleres prácticos y experiencias compartidas, favoreciendo el diálogo entre profesionales y la actualización de conocimientos en un contexto en constante evolución. Asimismo, el encuentro pretende consolidar líneas de trabajo comunes que contribuyan a fortalecer los servicios bibliotecarios y su adaptación a las nuevas necesidades de la comunidad universitaria.
https://extension.uned.es/actividad/52453
Etnomedicina, tradición y plantas medicinales en O Caurel: las hierbas de San Juan
Del 16 de junio al 2 de julio de 2026.
En este curso, tomando como eje central la Etnomedicina o uso tradicional de las plantas medicinales, se recorrerán a lo largo de seis sesiones la cultura popular y la sabiduría ancestral de los habitantes de la Sierra de O Caurel. Especial protagonismo tendrá la tradición de las hierbas y rituales de San Juan, una de las manifestaciones más representativas del patrimonio etnobotánico gallego. Los habitantes de O Caurel han utilizado durante siglos los recursos naturales a su alcance, conservando y transmitiendo sus conocimientos sobre plantas medicinales, usos mágico-curativos y remedios populares de forma tan completa que constituyen hoy una referencia para el resto de Galicia y para España en general. Todo ello tomando como base el libro María das Herbas e as Herbaxeiras do Caurel.
https://extension.uned.es/actividad/53267
Escena del crimen
Del 17 al 19 de junio de 2026.
Este curso de verano pretende ser un acercamiento a la criminología y la criminalística y, en concreto, a todo aquello relacionado con la investigación de la escena del delito: la recogida y análisis de pruebas e indicios; las motivaciones que llevan a una persona a delinquir; la reconstrucción de la vida de la víctima en las horas previas al delito; el uso de venenos y el papel de la toxicología forense en el esclarecimiento del crimen y la investigación de delitos con multiplicidad de víctimas, incluyendo las estrategias de política criminal sobre esta materia.
https://extension.uned.es/actividad/51927
Conviviendo con la IA: Presente y futuro de una tecnología disruptiva
Del 24 al 26 de junio de 2026.
Este es un curso de verano concebido para acercar la inteligencia artificial al público general de forma clara y accesible. A lo largo de tres días, se ofrecerá una visión comprensible del estado actual de la IA, explicando qué es realmente, cómo funciona y en qué ámbitos de nuestra vida cotidiana ya está presente. El curso abordará también las oportunidades que abre esta tecnología para el futuro, así como los retos sociales, éticos y culturales que plantea, con el objetivo de proporcionar a los asistentes las claves necesarias para comprender y participar de manera informada en el debate sobre una de las transformaciones tecnológicas más relevantes de nuestro tiempo. Esta es una propuesta divulgativa, que incluye la participación de académicos de larga trayectoria que hablarían de su área de especializacion: IA en medicina, en psicologia, en el mundo profesional, sobre el lenguaje, la creatividad y un debate final sobre el futuro de la IA y su afectación sobre la sociedad.
https://extension.uned.es/actividad/51395
La piratería y el corso en el mundo hispánico. Lengua, literatura y cultura
Del 24 al 26 de junio de 2026.
El corso, una de las formas más complejas y fascinantes de resistencia y saqueo en la historia marítima, ha sido constante en la interacción de los pueblos, especialmente en el contexto de la monarquía hispánica y sus áreas de influencia, con consecuencias tanto en la historia de las lenguas ibéricas como en sus literaturas a uno y otro lado del Atlántico. El protagonismo del puerto de Cartagena y de las gentes de su departamento marítimo ―creado, junto a los de Cádiz y Ferrol, en 1726, efeméride que se conmemora este verano en Ferrol con la exposición “300 aniversario de la creación del Departamento Marítimo del Norte (1726-2026)” a la que UNED Cartagena quiere sumarse con este curso de verano― se refleja en la riqueza de los fondos históricos del Archivo Naval murciano. En este curso, estudiaremos desde el punto de vista etnohistórico, lingüístico y literario las huellas de las acciones de piratas y corsarios como Amaro Pargo, Harry Paye, Hayreddín Barbarroja, Pero Niño o sir Francis Drake en el contexto atlántico, caribeño y mediterráneo, con una perspectiva integral que abarca no solo los hechos históricos de sus expediciones y la resistencia local a las mismas, sino también su iconografía y huella literaria en las culturas hispánicas.
https://extension.uned.es/actividad/51137
Trastornos de la conducta alimentaria: Un abordaje conjunto desde el contexto escolar y familiar
Del 24 al 26 de junio de 2026.
Este curso pretende reflexionar sobre la necesidad de abrir nuevas perspectivas en educación para la salud en el ámbito escolar, y en especial, profundizar en la problemática que presentan los Trastornos de la Conducta Alimentaria (TCA) y su impacto en el ámbito escolar y familiar. Se busca dotar a los participantes de herramientas prácticas para la prevención, detección temprana e intervención en situaciones de riesgo, fomentando la coordinación entre la escuela y la familia.
https://extension.uned.es/actividad/51365
Anatomía de “Muchos” instantes: Cincuenta años de la Ley para la Reforma Política y la apertura del proceso constituyente
Del 25 al 26 de junio de 2026
Este curso analiza el proceso de la Transición española desde una perspectiva multidisciplinar al hilo del cincuenta aniversario de la aprobación de la Ley para la Reforma Política que fue la que habilitó las primeras elecciones democráticas en cuatro décadas. Se aborda el contexto social, político e histórico del periodo, atendiendo a la movilización ciudadana, los actores políticos y las tensiones del proceso. Se analizarán también los debates actuales en torno a aquel proceso así como su legado en el sistema, sin dejar de lado reflexiones sobre justicia transicional.
https://extension.uned.es/actividad/50193
Puede encontrar toda la información en: https://www.intecca.uned.es/portal/inicio
Para más información sobre la programación de Cadena Campus (INTECCA), http://comunicacion.intecca.uned.es/ o enviar mensaje a info@intecca.uned.es (solo temas audiovisuales).
Contactar con la UNED para temas generales:
